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El Banco Santander resulta condenado una vez más por vender sus «Valores Santander» sin informar de sus riesgos.

Esta vez ha sido un Juzgado de Valencia el que le ha dado la razón a los clientes afectados por la venta de los Valores Santander, un matrimonio que recuperará 40.000 euros con sus intereses legales.

La magistrada entiende  que el banco no informó adecuadamente acerca de los riesgos de su inversión y que se trataba de un producto complejo, que se calificó como ‘amarillo’ de forma inexacta, ya que debió catalogarse como ‘rojo’, por ser un producto que no garantizaba el capital.

Además, la jueza indica en su sentencia que el hecho de que el matrimonio ya hubiese invertido en acciones del Santander anteriormente “no supone que conociera los riesgos de los valores adquiridos, puesto que esto no equivalía a una simple operación de compra de acciones por su valor de cotización, sino que consistían en una canje por acciones diferido en el tiempo por importe distinto del valor en el momento de la compra, sin que conste probado que se informara en el momento de la contratación de cuál era este valor prefijado ni de que superaba desde un principio al de cotización de la acción (documento 19 de la contestación a la demanda) por lo que suponía desde su inicio una pérdida parcial de inversión solo recuperable si ascendía posteriormente el valor de dichas acciones”.

Esta sentencia aplica la doctrina del Tribunal Supremo de forma estricta. Conforme a dicha doctrina, la comercialización de valores Santander sería nula ya que, aun siendo obligatoria la entrega de un tríptico informativo, en la inmensa mayoría de casos, dicho documento no se entregaba, por lo que los clientes contrataron a ciegas, y sin poder dar su consentimiento con conocimiento de causa.

Los Valores Santander eran unos bonos obligatoriamente convertibles en acciones que el banco sacó al mercado en 2007 para financiar la operación ABN Amro. Su conversión obligatoria de estos títulos se realizó en octubre de 2012 a un precio de 12,96 euros por acción, frente a un precio ligeramente inferior a los 6 euros a los que se encontraban en esos momentos los títulos, lo que se tradujo en unas minusvalías significativas para los inversores.

 A través de los Valores Santander el banco logró captar en tiempo récord unos 7.000 millones de euros, y atrajo a unos 129.000 clientes, que invirtieron de media 54.000 euros.

Contacte con nuestro despacho de abogados e infórmese de cómo puede recuperar toda su inversión en Valores Santander. Los tenedores de este producto invirtieron en su día en un producto de alto riesgo que podía suponer pérdidas patrimoniales y además la entidad no realizó un estudio pormenorizado de los clientes para considerar su idoneidad para adquirirlos.

Recuerde que si quiere reclamar judicialmente lo que le pertenece debe hacerlo antes del próximo 4 de Octubre del presente año 2016, después de ese día ya no se podrá presentar ninguna demanda por este producto. Contamos con el 100% de éxito en este tipo de reclamaciones.

Tramitamos su procedimiento sin provisión de fondos y lo más importante es que cobraremos siempre y cuando haya condena en costas a la entidad bancaria, es decir, si se gana el procedimiento con imposición de costas al banco, no tendrá que abonar nuestros honorarios.

No tendrá que adelantar ninguna cantidad.

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