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Claves sobre el arbitraje de Bankia para los accionistas minoritarios.

Lorenzo Abogados les explica de una forma clara las claves que deben conocer sobre el arbitraje que Bankia ha articulado para la devolución del dinero invertido en acciones en su OPS:

  • Se pueden acoger a este mecanismo solo aquellas personas que tengan la consideración de minoristas que hayan adquirido acciones Bankia desde finales del mes de Junio hasta el 19 de Julio de 2011 (OPS). Los que hayan adquirido acciones fuera de ese período no pueden acogerse al arbitraje pero pueden presentar la correspondiente demanda judicial ya que todas las sentencias avalan la devolución de la inversión para aquellas personas que hayan adquirido acciones desde Junio de 2011 hasta el 24 de Mayo de 2012.
  • Si una persona afectada por la compra de acciones en la OPS (hasta el 19 de Julio de 2011) pueden acogerse al arbitraje o presentar una demanda para conseguir la inversión más los intereses legales del 4% hasta el 2014, el 3,5% en el 2015 y el 3% en el presente año. Además, las costas serán a cargo de la entidad bancaria.
  • Pueden acogerse al arbitraje tanto aquellos afectados minoristas que todavía tengan las acciones como aquellas que ya las hayan vendido. Bankia devolverá a los que hayan vendido las acciones la diferencia entre la compra y la venta.
  • Las personas que ya hayan iniciado un procedimiento judicial deben tener cuidado puesto que, en caso de acogerse al arbitraje, deberán sufragar los gastos de abogado y procurador. Además, si firman el acuerdo, deberán comunicárselo previamente a sus abogados para que les asesoren sobre la conveniencia de la aceptación. El acuerdo con Bankia puede obligar a los clientes a asumir las costas de los juicios que están ya en marcha. Si la respuesta de Bankia a la solicitud de reembolso es estimatoria se deberá firmar un acuerdo con Bankia por el que el cliente se compromete a desistir del proceso judicial, quedando las costas judiciales a decisión del Juez, siendo posible que el cliente se tenga que hacer cargo de las mismas.
  • Este procedimiento de solicitud de reembolso del dinero de acciones Bankia no es aplicable a las personas que tienen acciones derivadas del canje obligatorio de Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas así que las personas que están en esta situación deberán presentar una demanda para la recuperación del total de la inversión. Ojo: el plazo para ello es diferente a las acciones compradas en bolsa, aquellos que en su día fueron titulares de preferentes o subordinadas de Bancaja tienen hasta el 23 de Marzo para presentar una demanda y los que tuvieron preferentes o subordinadas de Caja Madrid tienen hasta el 24 de Mayo de este año para hacerlo. Si no lo hacen en ese plazo, perderán toda opción de recuperar sus ahorros.
  • El plazo de solicitud para el reembolso del dinero invertido en acciones para las personas que las hubiesen adquirido en la OPS es de tres meses a contar desde el día 18 de Febrero. Según Bankia, la devolución del dinero se haría en un plazo aproximado de quince días desde la solicitud. Pero debemos ser cautos ya que ese plazo no es seguro al no contar en este momento con ninguna evidencia que lo corrobore. Si se pasa el plazo o no admiten la solicitud se podrá acudir a la vía judicial pero debemos tener muy presente la fecha de caducidad de la acción (24 de Mayo), ya que después de esa fecha no se podría presentar una demanda.
  • Las personas que hayan adquirido acciones en la OPS y hayan adquirido más pero después del 20 de Julio. solamente podrían firmar la solicitud de reembolso o arbitraje por las acciones adquiridas en la OPS, no pudiendo hacerlo por el resto de acciones adquiridas con posterioridad al 20 de Julio. Si están en este supuesto lo mejor es reclamar todas por la vía judicial sin excepción, ya que de tener que presentar una demanda, se presentaría por todas las suscripciones, obteniendo así un tipo de interés mayor que el ofrecido por Bankia (1%).
  • Ante cualquier duda a la hora de firmar un documento con Bankia, es recomendable asesorarse antes con expertos para evitar firmar algo que después limite el acceso a la vía judicial.
  • Por la vía judicial se recupera  el 100% de lo invertido y las costas serían siempre a cargo de Bankia.

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