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“hasta que se proceda a la modificación legislativa necesaria para adaptar el artículo 60 LGSS al pronunciamiento del TJUE el complemento (…) se seguirá reconociendo únicamente a las mujeres que cumplan los requisitos exigidos (…) ello sin perjuicio de la obligación de ejecutar aquellas sentencias firmes dictadas por los tribunales de justicia que reconozcan el citado complemento de pensión a los hombres.”
En base a la doctrina jurisprudencial del TJUE, cada vez son más, los juzgados y tribunales nacionales que reconocen a los padres varones el derecho a mejorar sus pensiones con este complemento. Ejemplo de ello, es la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Las Palmas de Gran Canaria, de 20 de enero de 2020, siendo la primera en reconocer este complemento a un padre varón jubilado, así como, las sentencias del TSJ de Murcia de 30 de abril de 2020 y de 26 de mayo de 2020, entre otras.
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