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Importantísima sentencia dictada por el Tribunal Supremo en relación a la compra de acciones Bankia.

Importante Sentencia para los afectados por la compra de acciones en la OPS de Bankia.

Hemos conocido una importante Sentencia dictada por el Tribunal Supremo que supone un antes y un después para los afectados por la compra de acciones Bankia, si todavía no lo ha hecho, es el momento de presentar una demanda para poder recuperar su dinero. Y es que  el Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la entidad contra dos sentencias que declararon la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones por parte de minoristas por estimar que el folleto de salida a Bolsa contenía información que no reflejaba la situación económica real de Bankia.

La decisión ha sido adoptada por el Pleno de la Sala Civil de forma unánime y supone un respaldo a las declaraciones de nulidad de miles de órdenes de compra que están siendo tramitadas en juzgados de toda España.

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En cuanto a la prejudicialidad penal tan alegada por Bankia en sus contestaciones a las demandas presentadas, los magistrados han rechazado la solicitud de Bankia de que todas las causas civiles de este tipo quedaran congeladas hasta que se dirimiera la causa penal abierta en la Audiencia Nacional por la salida a Bolsa, en la que están imputados Rodrigo rato y otros responsables de la entidad. La decisión de rechazar la aplicación de la llamada prejudicialidad penal supone que el Supremo desvincula las sentencias que ordenan a Bankia a devolver los fondos del resultado que pueda tener penalmente la investigación de la Audiencia. Aunque ésta se archivara, los accionistas podrían seguir reclamando su dinero.

El contenido detallado de las sentencias se conocerá en los próximos días.

Si usted adquirió acciones Bankia entre el 20 de Julio de 2011 y el 25 de Mayo de 2012 todavía está a tiempo de  reclamar la pérdida patrimonial sufrida y recuperar la totalidad de su inversión. Llame al 981594702 o envíenos un e-mail.

Lorenzo Abogados recomienda a los afectados por el escándalo de las acciones Bankia la vía judicial, puesto que es la única vía existente para recuperar el 100% de su inversión. Muchos de los afectados que confiaron en nuestro despacho han recuperado ya su inversión, se demuestra así que demandar es el único medio eficaz y seguro para recuperar el dinero. Además, desde hace unas semanas, las personas físicas no están obligadas al pago de la tasa judicial, por lo que no tienen que hacer desembolso alguno.

¿Cómo se puede recuperar el dinero invertido en acciones de Bankia?
Mediante la interposición de una demanda por la vía civil o por la vía penal. En la problemática surgida por las acciones no existe un arbitraje de consumo como ocurrió con las preferentes y subordinadas, así es que la única vía posible es la vía judicial.

¿Quién puede recuperar el dinero invertido en acciones Bankia? 
Cualquier persona que haya adquirido esas acciones desde Julio de 2011 (Oferta Pública de Suscripción –OPS-) hasta el 25 de Mayo de 2012, fecha ésta en la que el equipo gestor del banco presentó las cuentas reformuladas del año 2011, con pérdidas de 2.979 millones de euros, desconocidas hasta ese día. Es importante que sepan que también pueden presentar una demanda de responsabilidad las personas que ya han procedido a la venta de las acciones, tanto si ha sido una venta total como parcial.

¿Pueden demandar tanto los clientes minoristas como las empresas?
Si, se puede presentar la demanda tanto si se es cliente minorista como si se adquirieron las acciones a través de una empresa.

¿Es más conveniente presentar una demanda individual o adherirse a una demanda colectiva?
Lo más prudente es siempre presentar una demanda individual, puesto que existen ya varios casos de Juzgados que desestimaron la demanda colectiva.

¿Vía civil o vía penal?
Pensamos que la vía civil es la vía más rápida para recuperar la inversión.

¿Es posible recuperar toda la inversión?
Si, existen ya numerosas sentencias favorables a los afectados por la venta de acciones Bankia mediante las cuales el cliente recupera el 100% de la inversión más los intereses legales generados durante estos años.

¿Hay alguna fecha límite para presentar la demanda?

Ejercitamos en nuestras demandas tres tipos de acciones, una acción principal (nulidad por error o vicio en el consentimiento) y dos acciones subsidiarias (resolución del contrato por incumplimiento de Bankia y otra de indemnización de daños y perjuicios).

Los plazos de prescripción son:

– Para la acción principal de la demanda –nulidad del contrato por error o vicio en el consentimiento- el plazo de prescripción empezaría a contar desde que el accionista tuvo conocimiento del error, es decir, el 25 de mayo de 2012, fecha en la que Bankia reformuló sus cuentas, por lo que el plazo de ejercicio de la acción terminaría el 24 de mayo de 2016.

Para las acciones subsidiarias de la demanda:

– Resolución del contrato por incumplimiento: considerando que Bankia no informó con transparencia y claridad a los suscriptores sobre su verdadera situación económica en su salida a Bolsa. El plazo de prescripción es de 15 años a contar desde la fecha de adquisición de las acciones, con lo cual, el ejercicio de dicha acción no prescribiría hasta el año 2026.

– Indemnización por daños y perjuicios que se derivan de la falsedad del resumen o folleto informativo: el plazo de prescripción es de 3 años a contar desde que se tuvo público conocimiento de que el folleto estaba falseado, con lo que la fecha de prescripción será el 3 de diciembre de 2017.

¿Qué documentos se necesitan para presentar una demanda?
Es necesario que los afectados envíen el extracto de liquidación de la cuenta de valores desde el 1 de julio de 2011 o el recibo de liquidación de la compra de las acciones de Bankia. Si el afectado ya ha procedido a la venta de parte o todas las acciones, también es preciso aportar el recibo de la venta de los títulos. Además de estos documentos, es necesario que el cliente otorgue un poder judicial ante Notario para que el abogado y procurador lo puedan representar en el juicio, los datos que tiene que contener el poder para pleitos se facilitarán en el momento de encomendar el asunto a nuestro despacho.

¿Tengo que hacer algún pago para presentar la demanda o durante la tramitación del procedimiento?
No, con la supresión de las tasas judiciales para las personas físicas, las personas afectadas por las acciones Bankia no tendrán que hacer ningún pago inicial, ni por tasas ni por provisión de fondos. Cobraremos al final, siempre y cuando Usted recupere su dinero.
Para el caso de las empresas, tendrán que abonar únicamente las tasas judiciales, puesto que no han sido suprimidas para las personas jurídicas.

Contacte con nuestro despacho de abogados con especialistas en derecho bancario y consulte sin compromiso. Tramitamos su procedimiento sin percibir cantidad alguna en concepto de provisión de fondos y lo más importante es que sólo cobraremos si recupera su dinero.