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Una sentencia declara la prestación por maternidad exenta de IRPF. Le informamos de los pasos a seguir para conseguir la devolución.

La Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declara la prestación por maternidad exenta del IRPF, ha provocado un aluvión de llamadas de personas pidiendo información, es por ello que a lo largo de estas líneas, informaremos a todas aquellas personas interesadas en solicitar su devolución.

El fallo de la sentencia establece que la prestación por maternidad está dentro de las rentas exentas que contempla la ley del IRPF, contraviniendo así el criterio seguido hasta el momento por parte de la Agencia Tributaria, la cual indica que esta ayuda debe tributar como un rendimiento del trabajo. El permiso de paternidad, de 15 días, también encaja dentro del ámbito de la exención fiscal que defiende la sentencia.

Debemos recordar el gran revuelo que provocó un  sms ya en el año 2013, el cual instaba a los contribuyentes a reclamar la devolución del IRPF aplicado sobre las prestaciones por maternidad, lo que elevó la petición de rectificaciones, obligando a Hacienda a emitir una urgente nota informativa en la que negaba de forma categórica la exención fiscal de la prestación por maternidad.

Ante el revuelo generado y el enfrentamiento de criterios entre el fallo de la sentencia y la Agencia Tributaria parece que lo mejor que las afectadas paguen el IRPF, evitando así la sanción que la Agencia Tributaria podría imponer por no declararlo. Una vez hecho el pago, pueden presentar  después una reclamación a Hacienda para solicitar la devolución del IRPF. Una vez sea denegada, se puede después iniciar la vía administrativa o judicial. Pueden reclamar la devolución todos los beneficiarios de esta ayuda, pero se debe tener en cuenta que la devolución de Hacienda puede ser invocada a partir de enero de 2012, ya que este es  el último ejercicio que no ha sido prescrito desde el punto de vista fiscal. En la reclamación hay que solicitar la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad. Conviene ampararse en la sentencia y en el artículo 7 de la Ley de IRPF, que contempla la exención para los casos de nacimiento, parto múltiple, adopción, hijos a cargo y prestaciones públicas en caso de orfandad.

IRPF prestación maternidadLos pasos que se deben seguir para solicitar la devolución  son los siguientes:

Primero.-  Como hemos indicado, se debe presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos ante la delegación de Hacienda de nuestro domicilio; se puede acceder a través de la web de la Agencia Tributaria.

Segundo.- Lo más probable es que  administración deniegue la solicitud, debiendo presentar en ese caso las alegaciones y recursos que correspondan hasta agotar la vía administrativa.

Tercero.- Una vez que esté agotada la vía administrativa se podrá acudir al Tribunal Económico Administrativo del territorio, y posteriormente, al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.

Debemos dejar claro  que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se circunscribe al caso en litigio, es decir, que no sienta jurisprudencia. Pero se puede esgrimir a la hora de reclamar a Hacienda la devolución de las retenciones por IRPF realizadas en las cotizaciones de la Seguridad Social durante la baja por maternidad, dejando con ello el camino abierto a miles de contribuyentes para que puedan reclamar la devolución del IRPF desde el año 2012.

Nuestros abogados del área Contencioso Administrativa están a su entera disposición para resolver todas aquellas dudas que puedan tener y para prestarles asesoramiento durante todo el proceso.