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Sentencia contra Bankinter por la venta del Bono Estructurado «Santander 17».

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Badajoz ha dictado una nueva sentencia favorable a los intereses de un cliente de este despacho, la cual anula la compra de un Bono Estructurado «Santander 17» comercializado por la entidad demandada.

La Sentencia rechaza la excepción de caducidad alegada por el banco, fijando como «dies a quo» la fecha de vencimiento del producto, el 07 de Julio de 2016.

El bono objeto de litigio era un producto estructurado cuyo valor está ligado a la evolución del precio de las acciones del Banco Santander. La sentencia indica que «se trata de un producto financiero complejo y de carácter especulativo en los que no existe garantía de capital, que resultan de difícil comprensión debido a que el rendimiento depende de diversas variables (…)».

Declara que «la entidad no había informado con la suficiencia debida la naturaleza, características y riesgos del producto adquirido».

Así, nuestro cliente recuperará los 50.000 euros invertidos más los intereses legales desde la fecha de contratación (Julio de 2008), debiendo deducirse los rendimientos brutos obtenidos y la cantidad obtenida por el bono al vencimiento.

La dirección letrada del procedimiento ha sido ejercida por José Lorenzo Vázquez.