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Todo lo que tiene que saber sobre la reciente reforma del impuesto de Sucesiones en Galicia.

Reforma del Impuesto de Sucesiones a partir del 1 de Enero de este año.

El gran cambio fiscal de Galicia para este año 2016 que acabamos de empezar es la reforma del impuesto de sucesiones, ya que se eleva el mínimo exento de tributación a 400.000 euros. Así, el 99 % de los gallegos no tendrán que pagar este impuesto en el momento en que hereden como cónyuges, hijos, padres, abuelos o nietos, mientras que el 1 % restante también pagará menos. Esto es, los herederos directos no tendrán que pagar impuesto de sucesiones por los primeros 400.000 euros que reciban, que se suman así a la exención que ya se aplicaba a la vivienda habitual.

La norma gallega tiene una particularidad que son los pactos sucesorios en vida (partición y mejora), estas figuras permiten a las familias aprovechar este momento de ventaja fiscal que se ha abierto en este año para transmitir sus bienes a los herederos directos sin coste. No se pagará nada por recibir la vivienda habitual (algo ya se aplicaba hasta el momento) ni tampoco hasta 400.000 euros. A partir de esa cantidad, se pagará el impuesto correspondiente solo por el importe que exceda.

Seguirán tributando lo mismo, en cambio, las herencias de solteros sin hijos, que al no tener herederos directos quedan fuera de los beneficios fiscales de la Xunta.

Diferencia entre comunidades

En Galicia, la cuota líquida desde el 1 de enero de 2016 serán 50 euros, frente a los 36.630 que tendría que pagar en impuesto de sucesiones por la misma herencia hasta el 31 de Diciembre de 2015. La misma herencia implica el pago 78.172 euros en impuesto de sucesiones en Murcia, la más cara. Según detalla Facenda, en este ejemplo las cuota líquidas en el resto de comunidades, de forma ascendente son: 75 euros en Canarias, 687 en Cantabria, 781 euros tanto en Madrid como en La Rioja, 2.369 euros en Cataluña, 3.908 euros en Castilla La Mancha, 6.184 euros en Extremadura, 14.288 euros en Valencia, 23.875 euros en Aragón, 61.841 euros en Castilla y León, 69.545 euros en Baleares, 76.900 euros en Andalucía y 77.361 euros en Asturias.

Hasta esta reforma, un gallego podía verse obligado a pagar 22 veces más por heredar en Galicia que en Madrid, una de las comunidades en las que el impuesto de sucesiones estaba ya más rebajado, con una deducción del 99% en la cuota para descendientes y ascendientes. Podemos decir que las comunidades más baratas para heredar son Madrid, Cantabria y La Rioja y las más caras Murcia, Andalucía y Asturias, mientras que Galicia se sitúa en un término intermedio. El impuesto de sucesiones está totalmente transferido a las comunidades y se determina por la residencia habitual de la persona que fallece.

La reforma del impuesto de sucesiones en Galicia puede suponer un freno importante a las renuncias a herencias, que se habían disparado desde el inicio de la crisis.

En el año 2007 se firmaron 544 renuncias en Galicia, en los últimos años el dato no ha parado de crecer, hasta las 2.049 de 2014. Es decir, un 23% más que el año anterior y un 277% más que antes de la crisis. En el mismo periodo las renuncias en el conjunto de España crecieron un 209%. Ahora se podrán evitar las renuncias motivadas por la falta de liquidez para pagar el impuesto, aunque la mayoría según los notarios se deben al miedo a heredar deudas.

Si las razones de renunciar a una herencia son las deudas del fallecido, el ciudadano puede aceptar la herencia a beneficio de inventario y en este caso, el heredero sólo responderá de las deudas con lo que herede, y nunca con su propio patrimonio; es decir, el heredero no tendrá que hacer frente a las deudas con sus bienes particulares.